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Qué queda del artículo 4 del Reglamento de IA tras el Ómnibus Digital: el plan de formación que sigue teniendo sentido

Tras el Ómnibus Digital, el artículo 4 del Reglamento de IA obliga a las empresas a adoptar medidas para apoyar la alfabetización en IA de su plantilla, pero ya no a garantizar un nivel concreto en cada persona.
Durante año y medio, el artículo 4 del Reglamento Europeo de Inteligencia Artificial se leyó como una obligación de resultado: las empresas debían «garantizar» que su plantilla alcanzaba un nivel suficiente de alfabetización en IA. Desde el 27 de julio de 2026 ya no dice eso.
El Reglamento (UE) 2026/1744, conocido como Ómnibus Digital de IA, sustituyó el artículo entero. La obligación sigue existiendo, pero ha cambiado de naturaleza, y buena parte de lo publicado en español sobre el tema (incluida la versión anterior de este artículo) se quedó desfasado de un día para otro. Aquí explicamos qué dice ahora el texto, qué sigue en pie y cómo construir un plan de formación proporcionado al nuevo marco.
El nuevo apartado 1 establece que proveedores y responsables del despliegue «adoptarán medidas para apoyar la promoción de la alfabetización en materia de IA de su personal», teniendo en cuenta sus conocimientos técnicos, su experiencia y el contexto en que se usan los sistemas. Y añade una frase que no estaba antes: «Esta obligación no exige que los proveedores o los responsables del despliegue garanticen un nivel específico de alfabetización en materia de IA de ninguna persona en particular».¹
El considerando 8 del Ómnibus explica el porqué: imponer obligaciones estrictas de nivel «no sería adecuada para todos los tipos de proveedores y responsables del despliegue» y generaba una carga añadida, sobre todo para las pequeñas empresas.¹
| Texto original (2024) | Texto vigente (desde el 27/07/2026) | |
|---|---|---|
| Verbo de la obligación | Garantizar un nivel suficiente | Adoptar medidas para apoyar su promoción |
| Nivel exigido por persona | Implícito («suficiente») | Ninguno específico, por mandato expreso |
| Criterios de proporcionalidad | Conocimientos, experiencia, contexto de uso | Los mismos |
| Papel de la Comisión y los Estados | No previsto | Apoyar a las empresas, en especial a las pymes, y publicar ejemplos prácticos |
| Obligaciones de alto riesgo (anexo III) | 2 de agosto de 2026 | 2 de diciembre de 2027 |
En la práctica, el artículo 4 pasa de ser una obligación de resultado a una obligación de medios. Ya no se trata de demostrar que cada empleado sabe lo suficiente, sino de demostrar que la empresa ha hecho algo razonable y proporcionado para que aprenda.
La lectura apresurada del Ómnibus es «ya no hay que formar». Es una lectura equivocada por cuatro motivos.
El primero es que la obligación sigue ahí. El verbo es «adoptarán», no «podrán adoptar». Una empresa que usa IA y no ha tomado ninguna medida sigue incumpliendo.
El segundo es que sigue sin haber umbral de tamaño. Afecta igual a una pyme que usa un asistente de redacción que a una multinacional con modelos propios. Lo que cambia es que el texto pide expresamente a la Comisión y a los Estados miembros que ayuden más a las pequeñas.
El tercero es que los criterios de proporcionalidad son los mismos. Un módulo genérico que no tenga en cuenta qué sistemas usa cada persona ni sobre quién se aplican difícilmente cuenta como medida adaptada al contexto.
El cuarto, y el que más pesa en RRHH, es que el aplazamiento del alto riesgo no lo elimina. El artículo 26 del Reglamento, que el Ómnibus no ha tocado, exige a quien despliega un sistema de alto riesgo encomendar la supervisión humana a personas con «la competencia, la formación y la autoridad necesarias». Los sistemas de selección, evaluación del desempeño o asignación de tareas están en el anexo III, y esa exigencia se aplica desde el 2 de diciembre de 2027.² Esa formación no se improvisa en noviembre de 2027.
Sobre las sanciones: el artículo 4 nunca tuvo una multa propia en el régimen del Reglamento, y en España el régimen sancionador nacional depende del Proyecto de Ley Orgánica para el buen uso y la gobernanza de la inteligencia artificial, que el Gobierno remitió al Congreso en mayo de 2026 y que sigue en tramitación.³
Más allá de la norma, hay un motivo operativo. Un comercial pega un contrato de cliente en un chatbot público para que le resuma las condiciones. Un técnico de RRHH acepta sin revisar el ranking de candidatos que le devuelve una herramienta de cribado. Ninguno de los dos casos depende de si el artículo 4 dice «garantizar» o «apoyar»: son riesgos de protección de datos, de discriminación y de reputación que ya existían y que la formación reduce.
Lo que sí cambia es el tono del plan. Antes muchas empresas lo diseñaban para superar una inspección con una fecha encima. Ahora puede diseñarse para lo que tendría que haber sido desde el principio, que la gente use bien las herramientas que ya tiene, con un calendario razonable y sin la presión de un plazo que el propio legislador ha reconocido que era difícil de cumplir.
El texto del Reglamento no fija contenidos, así que esta lista es una estructura de referencia que funciona bien en la práctica. La profundidad de cada bloque depende del uso real de la IA en cada puesto.
| # | Competencia | Qué significa en la práctica |
|---|---|---|
| 1 | Comprensión general de la IA | Qué es, cómo funciona, qué sistemas usa la empresa, oportunidades y riesgos |
| 2 | Rol organizativo | Si la empresa desarrolla o despliega IA, y qué implica cada posición |
| 3 | Evaluación de riesgos | Riesgos de los sistemas que usa cada persona: alucinaciones, sesgos, filtraciones |
| 4 | Formación técnica contextual | Adaptada al nivel, el sector y las herramientas concretas del puesto |
| 5 | Uso responsable | Protección de datos, qué información no compartir con herramientas públicas, supervisión humana |
| 6 | Interpretación de resultados | Revisar las recomendaciones de la IA y saber verificarlas |
| 7 | Marco legal básico | Reglamento de IA, RGPD aplicado a la IA, obligaciones de la empresa |
Un operario que trabaja con un sistema de mantenimiento predictivo necesita sobre todo los bloques 5 y 6. Quien dirige RRHH o el área legal necesita además el 2, el 3 y el 7. De ahí que tenga sentido organizar el plan por niveles.
Dividir el plan según el grado de exposición de cada rol encaja con el criterio de proporcionalidad, que es precisamente la parte del artículo 4 que el Ómnibus ha mantenido intacta.
| Nivel | Audiencia | Contenido principal | Duración orientativa |
|---|---|---|---|
| Básico | Toda la plantilla que usa IA | Qué es la IA, uso seguro, cuándo no fiarse del resultado, datos personales | 2-4 h |
| Intermedio | Usuarios intensivos (marketing, RRHH, atención al cliente, operaciones) | Uso aplicado al puesto, detección de sesgos, revisión crítica de resultados | 6-10 h |
| Avanzado | Mandos, legal, IT, quien supervise sistemas de alto riesgo | Gestión de riesgos, Reglamento en profundidad, gobernanza, documentación | 10-20 h |
Las horas son orientativas y nadie las exige. Con el texto vigente, lo que una organización tiene que poder explicar es por qué ha elegido ese reparto para sus sistemas y sus riesgos, no que haya llegado a un número.
Con una obligación de medios, la documentación cambia de función. Ya no sirve para probar que cada persona alcanzó un nivel, sino para probar que la empresa adoptó medidas y que eran proporcionadas. Cuatro piezas cubren casi todo.
Qué herramientas con IA se usan, en qué departamentos y para qué. Incluye el software de terceros con funciones de IA integradas. Es la base para justificar cualquier decisión de proporcionalidad.
Qué puede usar cada perfil, para qué tareas y con qué límites, por ejemplo, qué datos no se introducen en herramientas públicas. No tiene que ser extensa; tiene que existir y estar al alcance de la plantilla.
Quién ha recibido qué formación, cuándo y con qué contenido. Una evaluación ligera ya no es obligatoria para acreditar un nivel, pero sigue siendo la mejor forma de saber si la formación ha servido. Las plataformas que exportan en SCORM o xAPI generan este registro sin trabajo manual, y los sistemas de gestión de personas como Sesame HR permiten cruzarlo con los cambios de puesto, que es cuando suele aparecer una herramienta nueva.
Para todo lo que pueda caer en el anexo III (selección, evaluación, asignación de tareas, acceso a servicios), identificar quién supervisa cada sistema y qué formación necesitará antes del 2 de diciembre de 2027. Es el documento que más tiempo de margen ganó con el Ómnibus y el que más fácil resulta dejar para luego.
La formación en competencias digitales e IA puede bonificarse a través de FUNDAE. El crédito anual depende de la cuota de formación profesional cotizada el año anterior y del tamaño de la plantilla.⁴
| Plantilla | Crédito disponible |
|---|---|
| 1-5 personas | Mínimo garantizado de 420 euros |
| 6-9 personas | 100% de lo cotizado por formación profesional |
| 10-49 personas | 75% |
| 50-249 personas | 60% |
| 250 o más | 50% |
Para que la bonificación se aplique, el inicio de cada grupo debe comunicarse a FUNDAE como tarde dos días antes de que empiece, y hay que conservar la documentación de la acción formativa. Si en octubre todavía queda crédito sin usar este año, el nivel básico del plan es un buen candidato. Aquí explicamos cómo encaja el crédito FUNDAE con la formación en vídeo IA.
El reto no suele estar en diseñar el plan, sino en producirlo y, sobre todo, en mantenerlo. Los sistemas de IA de una empresa cambian varias veces al año, y este propio Reglamento ha cambiado una vez desde que entró en vigor. Un curso grabado en 2025 que habla de «garantizar un nivel suficiente» ya contiene un error.
Por eso conviene partir de documentación interna que ya existe (la política de uso, las guías de cada herramienta, los procedimientos) y elegir formatos que se puedan editar sin volver a grabar. Las plataformas de vídeo con IA, como Vidext, permiten actualizar un módulo cambiando el guion en lugar de rehacer la pieza, algo que en un área regulatoria tan movediza ahorra semanas. Aquí tienes una guía paso a paso para digitalizar la formación interna con IA.
Sin el 2 de agosto como fecha límite, el calendario puede ordenarse por riesgo y no por urgencia.
De octubre a diciembre de 2026. Inventario de sistemas, política de uso por rol y lanzamiento del nivel básico. Es lo que más reduce el riesgo diario y lo que primero pedirá cualquier supervisor.
Primer semestre de 2027. Nivel intermedio para usuarios intensivos, empezando por los equipos que manejan datos de clientes o de empleados.
Segundo semestre de 2027, antes del 2 de diciembre. Nivel avanzado para quienes vayan a supervisar sistemas de alto riesgo, con el mapa del anexo III cerrado y la formación registrada.
En organizaciones grandes, el cuello de botella rara vez está en producir el contenido. Suele estar en acordar quién aprueba la política, quién da por completo el inventario y quién tiene hueco en la agenda para empujarlo. Esos pasos consumen semanas que no aparecen en ningún calendario.
El Ómnibus Digital no ha quitado la formación en IA del Reglamento; le ha quitado la cuenta atrás. Lo que queda es una obligación más razonable y, por eso mismo, más difícil de despachar con un curso genérico: demostrar que la empresa pensó en qué sistemas usa, quién los usa y qué necesita saber cada persona. Las organizaciones que aprovechen el margen hasta diciembre de 2027 para construir ese plan con calma llegarán al alto riesgo con el trabajo hecho.
Sí. El artículo 4 vigente obliga a adoptar medidas para apoyar la alfabetización en IA del personal que usa estos sistemas. Lo que desaparece es la exigencia de garantizar un nivel concreto en cada persona.
El Reglamento no asigna una multa específica al artículo 4. En España, el régimen sancionador nacional llegará con la Ley Orgánica de gobernanza de la IA, todavía en tramitación parlamentaria. Aun así, no haber tomado ninguna medida puede pesar en la valoración de otras infracciones del Reglamento o del RGPD.
Sí. Quien usa Copilot, Gemini o un software de RRHH con IA integrada es responsable del despliegue bajo el Reglamento, y la obligación del artículo 4 le aplica.
Pueden servir como parte del plan si se complementan con contenido sobre los sistemas y riesgos reales de la empresa y se registra quién los ha hecho. Un curso genérico sin ese contexto encaja mal con los criterios de proporcionalidad, que siguen en el texto.
¹ Reglamento (UE) 2026/1744, de 8 de julio de 2026 (Ómnibus Digital de IA), artículo 1, punto 5, y considerando 8. DOUE L de 24.7.2026 ² Reglamento (UE) 2024/1689, artículo 26, apartado 2, y anexo III, en su versión consolidada tras el Reglamento (UE) 2026/1744 ³ La Moncloa, referencia del Consejo de Ministros de 26 de mayo de 2026 ⁴ FUNDAE, preguntas frecuentes sobre el crédito de formación
Programa de fomento de la contratación indefinida de personas jóvenes cualificadas, en el marco del Sistema Nacional de Garantía Juvenil. Vidext ha recibido una subvención por importe de 25.401€, concedida por LABORA Servicio Valenciano de Empleo y Formación, por la contratación indefinida en 2024 de persona/s joven/es cualificada/s inscrita/s en el Sistema Nacional de Garantía Juvenil, actuación susceptible de cofinanciación por el Fondo Social Europeo Plus (FSE+) 2021-2027 o cualquier otro fondo de la Unión Europea. Expediente ECOGJU/2024/550/46. Esta publicación se realiza en cumplimiento de las obligaciones de transparencia establecidas en la Ley 19/2013, de 9 de diciembre.



